La llamada en otros países “baja consular”, es el documento oficial que te permite importar los muebles y otros enseres de tu residencia (menaje) en el extranjero a Mexico sin pagar los impuestos de importación ordinarios. Actualmente, la nación mexicana denomina a este documento “Certificado de Menaje de Casa”.
Pueden aspirar a la exención de impuestos del menaje de casa: los ciudadanos mexicanos que hayan vivido al menos seis meses en el extranjero y los extranjeros que en México tengan el carácter de Residente temporal o permanente.
Todos ellos podrán introducir a México -sin pagar impuestos de importación- los bienes que formen parte de una casa y que sirvan para el uso de la familia, como pueden ser: libros, libreros, ropa, obras de arte o científicas (siempre y cuando no constituyan colecciones completas).
De igual manera, podrán traer consigo los instrumentos o herramientas necesarios e indispensables para el ejercicio de su profesión u oficio.
Para obtener la exención, dichos bienes deberán ingresar al territorio mexicano con la persona titular del Certificado, o bien máximo tres meses antes o seis meses después que esta.
Este Certificado tendrá una vigencia de seis meses.
Los requisitos son diferentes para los ciudadanos mexicanos radicados en el exterior, como para los extranjeros que tienen residencia temporal o permanente en territorio nacional.
Para el caso de los mexicanos, deberán acreditar su nacionalidad con un Documento Idóneo, como puede ser: su Acta de Nacimiento o Pasaporte; también tendrán que presentar una identificación como pueden ser:
Finalmente, se les pedirá presentar documentos que, a criterio de la autoridad consular, demuestren su tiempo de residencia en el país, tales como: recibos de pago de servicios, contrato de trabajo, constancias escolares, contrato de arrendamiento, entre otros.
Los extranjeros con residencia permanente o temporal, deberán acudir a la Oficina Consular en su país de origen y presentar la siguiente documentación:
En todos los casos, deberán agregar una lista, con firma autógrafa y por cuadruplicado, de los bienes que componen su menaje, esta deberá contener la cantidad de bienes que lo integran, así como describirlos de manera minuciosa. En el caso de artículos electrónicos, también, tendrán que indicar: detalles que permitan identificarlos como la marca, el modelo y su respectivo número de serie, entre otros.
Es importante precisar que, de acuerdo a la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, puede que los requisitos varíen entre Oficinas Consulares, por eso deberás consultar con la tuya antes de empezar el trámite.
Aunque la forma de hacerlo puede variar entre los distintos Consulados y Embajadas, por regla general el trámite se realizará llevando la documentación indicada a la Oficina Consular sin necesidad de hacer una cita previa.
Una vez realizado el pago y llenado los formatos correspondientes, que son generados por cada Oficina Consular, podrás recoger tu Certificado en un plazo de tres días hábiles.
Tanto los Ciudadanos de México como los del exterior, deberán cubrir el pago de derechos, que para los primeros es de $2,126.28 méxicanos (aproximadamente cien dólares) y para los segundos es de $2,848.45 méxicanos (aproximadamente ciento cuarenta dólares).
Si cumples con los requisitos, no dudes en obtener el Certificado de Baja Consular, y los beneficios que puede aportarte. Recuerda que podrás ahorrarte una fuerte suma de dinero, al no tener que pagar los impuestos de importación de tus bienes.